Para poder postularse a los concursos que se realicen a los efectos de
las promociones, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
a) ocupar cargos de grados inferiores a la vacante a proveer;
b) para el caso previsto en el artículo 5º de este Decreto, haber
asumido en forma expresa y previa al concurso la obligación en él
establecida;
c) contar al 31 de diciembre del año anterior al llamado a la provisión
de la vacante, con una antigüedad efectiva no menor de un año en
el Inciso o Unidad Ejecutora, según corresponda;
d) (*)
(*)Notas:
Literal d) derogado/s por: Decreto Nº 426/009 de 21/09/2009 artículo 1.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 302/996 de 31/07/1996 artículo 4.