MODIFICACION AL REGLAMENTO DE CEREMONIAL NAVAL




Promulgación: 24/10/2000
Publicación: 31/10/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 722
VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General de la Armada
solicita se incorporen al Reglamento de Ceremonial Naval los "Sitios de
Recordación Naval".-

RESULTANDO: I) que el mencionado Reglamento fue aprobado por el artículo
1ro. del Decreto 8.489 de 16 de enero de 1947 y modificado por los
Decretos 23.897 de 25 de noviembre de 1955, 689/979 de 27 de noviembre de
1979, 487/991 de 10 de setiembre de 1991 y 545/992 de 10 de noviembre de
1992.-

II) que el artículo 211 del referido cuerpo normativo, refiere al
procedimiento a seguir a fin de rendir honores a buques o
embarcaciones.-

CONSIDERANDO: I) la existencia de lugares en el mar donde se han perdido
vidas, buques, aeronaves o en los que se han producido hechos de
especiales características que ameritan su incorporación a nuestras
tradiciones navales.-

II) la pertinencia que el Mando Naval reconozca los referidos lugares
como "Sitios de Recordación Naval", identificándolos por latitud y
longitud, de manera adecuada en cartas editadas por la Armada Nacional.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por el artículo
5to. de la Ley 10.808 de 16 de octubre de 1946 y a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Incorpóranse al artículo 211 del Reglamento de Ceremonial Naval,
aprobado por el artículo 1ro. del Decreto 8.489 de 16 de enero de 1947,
en la redacción dada por los Decretos 23.897 de 25 de noviembre de 1955,
689/979 de 27 de noviembre de 1979, 487/991 de 10 de setiembre de 1991 y
545/992 de 10 de noviembre de 1992, los siguientes incisos:(*)

(*)Notas:
Ver: Texto.
Referencias al artículo

BATLLE - LUIS BREZZO
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