El plazo para ampararse a dicho Plan será de 120 (ciento veinte) días
contados a partir de la publicación del presente Decreto. Dicho plazo se
podrá extender por Resolución del Directorio de A.F.E. y a solicitud del
interesado. El Directorio decidirá la aceptación de la renuncia en un
plazo de 30 (treinta) días a contar desde su presentación a éste por parte
de la gerencia correspondiente, así como la supresión de los puestos
ocupados por los renunciantes. La manifestación de voluntad del
funcionario de acogerse a la opción de retiro tendrá carácter irrevocable.