Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 89/981 de 25/02/1981 artículo 2.
Visto: la gestión promovida por la Dirección de Suelos y Fertilizantes
del Ministerio de Agricultura y Pesca, solicitando se fijen las tarifas
por la realización de distintos análisis.
Resultando: I) Por decreto 482/979, de 29 de agosto de 1979, se fijaron
las tarifas por la prestación de tales servicios;
II) En la aludida gestión, dicha repartición solicita la revisión de
las mencionadas tarifas en razón del encarecimiento experimentado en los
distintos reactivos y productos de laboratorio;
III) Se recabaron informes de la Dirección de Administración Financiera
y Dirección de Asesoramiento Legal de la mencionada Secretaría de Estado,
las que se expidieron en forma favorable.
Considerando: de acuerdo con lo expuesto y con el informe favorable de
las aludidas Direcciones, no existe inconveniente alguno en proveer en la
forma aconsejada.
Atento: a lo que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los organismos
del Estado, a partir del 1º de enero 1968, por el decreto 104/968, de 6 de
febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley
13.640, de 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones),
El Presidente de la República
DECRETA: