APROBACION DE TARIFAS DE SERVICIOS DE LA PLANTA DE LAVADO Y DESINFECCION DE VEHICULOS DE LA TABLADA




Promulgación: 15/04/1975
Publicación: 28/04/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 793
Derogada/o por: Decreto Nº 35/976 Derogada/o de 15/01/1976 artículo 3.
Visto: la precedente gestión formulada por la Planta de Lavado y
Desinfección de Vehículos de Tablada, a los fines que se indicarán.

Resultando: I) Por decreto 381/974, del 16 de mayo de 1974, se fijaron las
tarifas para los servicios que presta la referida Planta de Lavado y
Desinfección de Vehículos;

II) En la aludida gestión, dicha Planta solicita la revisión de tales
tarifas, en la forma indicada, habida cuenta de los aumentos
experimentados en los distintos rubros que integran los costos de las
mismas;

III) Se recabó el informe de la Dirección de Administración Financiera la
que se pronunció en forma favorable.

Considerando: conveniente proveer en la forma aconsejada por la Planta de
Lavado y Desinfección de Vehículos de Tablada, habida cuenta que se
estiman de recibo las razones invocadas para el aumento de tarifas
solicitado.

Atento: a lo que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los organismos
del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el decreto 104/968, del
6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512º de la
ley 13.640, del 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones),

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 305/975 de 15/04/1975 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 305/975 de 15/04/1975 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 305/975 de 15/04/1975 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 305/975 de 15/04/1975 artículo 4.

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