INCLUSION EN EL DECRETO 465/008 DE LAS PRESTACIONES REFERIDAS EN EL "PLAN DE IMPLEMENTACION DE PRESTACIONES EN SALUD MENTAL EN EL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD"




Promulgación: 23/08/2011
Publicación: 09/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 545
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Los prestadores integrales del Sistema Nacional Integrado de Salud
deberán brindar a su población usuaria las prestaciones a que refiere el
Artículo 1 del presente Decreto, en las formas, tiempos y condiciones que
se determinan en el Anexo citado en el mismo.
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