PRESUPUESTO OPERATIVO PLUNA. EJERCICIO 1999




Promulgación: 29/10/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 886
Referencias a toda la norma

Artículo 9

La remuneración del personal del Escalafón Técnico Profesional se regirá
por la siguiente escala:

Categoría "A" (Ingenieros, Contadores, Economistas, Abogados y Médicos):
GRADO 8: $ 12.441,80.
GRADO 7: $ 11.477,53.
GRADO 6: $ 10.512,61.
GRADO 5: $ 9.163,33.
GRADO 4: $ 8.294,94.
GRADO 3: $ 8.005,47.
GRADO 2: $ 7.619,50.
GRADO 1: $ 7.168,87 Sueldo de ingreso para todas las profesiones.

Categoría "B" (Procuradores, Ayudantes de Ingeniero, Técnicos en
Administración, Sociólogos y Practicantes de Medicina):
GRADO 3: $ 7.168,87
GRADO 2: $ 6.918,78
GRADO 1: $ 6.762,18 Sueldo de ingreso para todas las profesiones. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 10.
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