El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo establecido en el Artículo 26 numeral 3 de la Ley N° 17.514, de 2 de julio de 2002;
RESULTANDO: I) que por la disposición citada se encomendó al Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica creado por el Artículo 24, el diseño y organización de planes de lucha contra la violencia doméstica;
II) que en cumplimiento de dicha competencia, se ha elaborado el "Plan de acción 2016-2019: Por una vida libre de Violencia de Género, con una mirada generacional";
CONSIDERANDO: que en el marco de la conmemoración del "Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer" a celebrarse el próximo 25 de noviembre de 2015, resulta oportuna la aprobación del mencionado plan de acción;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS
DECRETA:
Apruébase el "Plan de Acción 2016 - 2019, por una Vida libre de Violencia de Género, con mirada generacional", elaborado por el Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto.
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.