MODIFICACION PRESUPUESTAL DEL GOBIERNO DEPARTAMENTAL DE SAN JOSE, EJERCICIO 1976




Promulgación: 01/06/1977
Publicación: 10/06/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 1131
     Visto: estos antecedentes referentes a las modificaciones
presupuestales proyectadas por el Gobierno Departamental de San José para
el ejercicio 1976.

     Resultando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión, ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República
su dictamen, ambos casos aprobatorios.

     Considerando: lo dispuesto por el artículo 5º, inciso c) del Decreto
Constitucional 3/976 de 1º de setiembre de 1976.

     Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión, la Asesoría Económico-Financiera del Ministerio
de Economía y Finanzas y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la
República,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Apruébanse las modificaciones presupuestales proyectadas por el Gobierno
Departamental de San José, correspondientes al ejercicio 1976.

Artículo 2

Las erogaciones previstas clasificadas por rubro son las siguientes:

          Rubro                         Erogaciones
            -                                     -

            0                           N$ 2:463.131.36
            1                           "    557.443.88
            2                           "    783.374.00
            3                           "    914.200.00
            6                           "    622.171.15
            7                           "    160.190.00
            8                           "    279.153.38
            9                           "      2.000.00
                                        ----------------
                                        N$ 5:781.663.77
          Inversiones                   N$ 1:350.158.15
                                        ----------------
          Total                         N$ 7:131.821.92

Artículo 3

Los recursos previstos para cubrir estas erogaciones son los siguientes:

     Recursos de origen departamental   N$ 6:648.867.01
     Recursos de origen nacional ....   N$   482.964.91
                                        ----------------
     Total     ......................   N$ 7:131.831.92

Artículo 4

Mantendrán en vigencia para el ejercicio 1976 las normas de ejecución
presupuestal no modificadas específicamente por este decreto.

Artículo 5

Comuníquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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