Visto: la gestión formulada por la Dirección General de Servicios de Controlador Agropecuario a solicitud de la Dirección de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales, a los fines que se indicarán.
Resultando: I) El artículo 77 de la ley 15.851, de 24 de diciembre de 1986, dispone que el Poder Ejecutivo podrá fijar los valores de costo de formularios, fotocopias y carnés que expide la Dirección de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales, en función de la variación del índice general de precios del consumo;
II) Por decreto 323/986, de 18 de junio de 1986, 341/986, de 2 de julio de 1986 y 368/986, de 16 de julio de 1986, se fijó por su orden:
1) el valor de los quintuplicados de las guías de Propiedad y Tránsito;
2) de los formularios de Contralor Interno, Planillas de Remates,
Panillas de Faena Mensual, Planillas Diarias de Faena, fotocopias de
Declaraciones Juradas y de guías de Propiedad y Tránsito;
3) de los carnés;
III) A la fecha, se ha producido una variación considerable en el índice general de precios al consumo, por lo que se hace necesario actualizar los valores especificados acorde con la variación indicada;
Considerando: conveniente, proveer de acuerdo con lo solicitado por la dirección General de los Servicios de Contralor Agropecuario;
Atento: a lo preceptuado por el artículo 77 de la ley 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y el Proyecto de Ley de Contabilidad y Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los organismos del Estado, a partir del 1º de enero de 1968 por el decreto 104/968, de 6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967( Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones) y al informe favorable de la Dirección de Administración Financiera y de la Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
El Presidente de la República
DECRETA:
Fíjase en N$ 170,00 (son nuevos pesos ciento setenta) el precio de los carnés (constancia de inscripción) que expide la Dirección de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales.
Fíjase en N$ 30,00 (son nuevos pesos treinta) el precio de los quintuplicados de las Guías de Propiedad y Tránsito para ganado vacuno y ovino y para cueros y lanas, a que se refiere la parte expositiva del presente decreto.
Fíjanse los siguientes precios para distintos formularios y planillas que a continuación se detallan:
N$
Formulario de Contralor Interno Serie A .... 40.00
Formulario de Contralor Interno Serie B .... 40.00
Formulario de Contralor interno Serie C .... 40.00
Formulario de contralor Interno Serie D .... 40.00
Planilla Remate Vacuno ..................... 40.00
Planilla Remate Porcino .................... 40.00
Planilla Faena Diaria ...................... 85.00
Planilla Faena Mensual...................... 40.00
Fotocopias Declaraciones Juradas y Guías ... 20.00