Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 265.
SECCION I
ASPECTOS GENERALES
Artículo 3
Fines. Su finalidad será lograr la más amplia accesibilidad y mejora en
los cuidados de los pacientes críticamente enfermos, estableciendo
asimismo, los indicadores de control de calidad que permitan evaluar el
desarrollo y resultados del Sistema, así como también, aportando la
información necesaria para el buen funcionamiento del mismo.