VISTO: la promoción del trabajo decente de las personas jóvenes para la próxima temporada turística;
RESULTANDO: que por Decreto del Poder Ejecutivo N° 458/016 de 30 de diciembre de 2016, se crea el Programa de empleo juvenil decente para la temporada estival 2016-2017, con la finalidad de facilitar el acceso a la primera experiencia laboral, promoviendo la cultura del trabajo para el desarrollo y procurando también aumentar los niveles de formalidad en el trabajo durante la temporada turística;
CONSIDERANDO: I) que se considera pertinente dar continuidad al programa de empleo juvenil decente para la próxima temporada estival 2017-2018, entendiéndose que la iniciativa continúa circunscribiéndose dentro de la estrategia de la cultura del trabajo para el desarrollo promovida por el Poder Ejecutivo y con las políticas de empleo que se vienen desarrollando;
II) que por Resolución del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) N° 59 de 20 de octubre de 2016, se aprueba el financiamiento del programa de empleo juvenil decente para la temporada estival 2017-2018 a través del Fondo de Reconversión Laboral;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 181 de la Constitución de la República, así como en el literal B) del artículo 2 de la Ley N° 18.406 de 24 de octubre de 2008;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Dispónese la reiteración del programa de empleo juvenil decente, creado por Decreto 458/016 de fecha 30 de diciembre de 2016 para el periodo comprendido entre el 1° de noviembre de 2017 al 31 de marzo de 2018 en todos sus términos.