Practíquense las respectivas transferencias de Programas, dependencias
y funcionarios, de conformidad con las normas señaladas en el decreto
575/974, de fecha 12 de julio de 1974, en lo pertinente y, en especial,
del Programa 9.05, "Vida y Bienestar del Menor" y su Unidad Ejecutora el
Consejo del Niño.