EXONERACION DE GRAVAMENES, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 1978, A LA IMPORTACION DE SEMEN BOVINO Y SUINO CONGELADOS




Promulgación: 18/01/1978
Publicación: 27/01/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 99
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Las importaciones de semen suino congelado estarán sujetas en lo que
corresponda, a lo dispuesto por los decretos de 23 de febrero de 1961 y
257/971, de 13 de mayo de 1971 y concordantes.
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