FIJACION DE MONTOS DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO IRIC. PEQUEÑAS EMPRESAS




Promulgación: 30/01/1985
Publicación: 08/05/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 564
 Visto: lo dispuesto por el literal E) del artículo 25 del Título 2 del
Texto Ordenado 1982.

 Considerando: que el Poder Ejecutivo debe fijar el monto de los ingresos
correspondientes al año 1984, a efectos de determinar quienes quedan
comprendidos en la citada disposición por el año 1985.

 Atento: a lo informado por la Dirección General Impositiva y las
Asesorías Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase en N$ 130.000,00 (nuevos pesos ciento treinta mil) para el año
1984, el monto del ingreso establecido en el artículo 66 del decreto
663/979 de 19 de noviembre de 1979, a efectos de quedar comprendidos en la
exoneración establecida en el literal E) del artículo 25 del Título 2 del
Texto Ordenado 1982.

ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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