EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. ACTIVIDAD PRIVADA. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 1. COMERCIO. SUBGRUPO Nº 14. AGENCIAS DE VIAJES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de enero de 1988 ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o
servicios de las empresas que integran el grupo salarial.