EMPLEADOS PRIVADOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. ACTIVIDAD PRIVADA. CONSEJOS DE SALARIOS. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 1. COMERCIO. SUBGRUPO Nº 14. AGENCIAS DE VIAJES




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 02/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de enero de 1988 ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o 
servicios de las empresas que integran el grupo salarial.
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