FIJACION DEL INDICE GLOBAL (IG). REGIMEN DE GESTION INTEGRAL DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO "CESAREO L. BERISSO"




Promulgación: 05/02/2018
Publicación: 14/02/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias por la cual da cuenta de la solicitud presentada por parte de Puerta del Sur S.A. (Contratista del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso"), relativa a la actualización de los valores monetarios a que refiere el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso", a fin de aprobar el nuevo Índice Global (IG) y proceder a la actualización de los precios del Anexo F, canon mínimo y Unidad de Trabajo previstos en dicho Régimen.

   RESULTANDO: I) que el punto 4.13 del mencionado Régimen de Gestión Integral aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, establece que el Poder Ejecutivo anualmente podrá autorizar la actualización de los precios del Anexo F y del canon del numeral 4.7 del citado Régimen, de conformidad con las variaciones de los índices que se individualizan en la citada previsión contractual.

   II) que con fecha 19 de setiembre de 2017 la empresa Puerta del Sur S.A. formalmente presentó ante la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, creada por el Decreto 376/002 antes mencionado, su propuesta de fijación del nuevo valor del Índice Global (IG), entendiendo que debe fijarse el mismo en 1,03487.

   III) que se ha expedido la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias en relación a la propuesta presentada, en el sentido de aconsejar aprobar el Índice Global en 1,03487, estimando a su vez que corresponde proceder a la aprobación de los nuevos valores de los precios del Anexo F, Unidad de Trabajo y del canon del numeral 4.7 del Régimen de Gestión Integral y aconsejando asimismo, por razones de oportunidad y conveniencia, la aplicación escalonada del referido Índice Global respecto exclusivamente del Precio por Servicio de Embarque Internacional.

   IV) que habiéndose conferido vista a la empresa Puerta del Sur S.A., ésta manifestó su conformidad con el criterio de la aplicación escalonada del ajuste sobre el Precio por Servicio de Embarque Internacional.

   CONSIDERANDO: I) que en atención a la facultad prevista en el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral, se estima oportuno en esta instancia proceder a la actualización del Índice Global (IG), actualizando los precios previstos en el Anexo F, así como el valor de la Unidad de Trabajo y canon mínimo previsto por el numeral 4.7 del referido Régimen, estableciendo, por razones de oportunidad y conveniencia, la aplicación progresiva del referido Índice Global exclusivamente respecto del Precio por Servicio de Embarque Internacional, entrando en vigencia los nuevos valores autorizados a partir de la fecha del presente acto administrativo, de conformidad surge del cuadro de precios que se anexa al presente acto administrativo.

   II) que dicha aplicación progresiva del Índice Global respecto del Precio por Servicio de Embarque Internacional, se funda en el hecho de que por la Resolución 625/017 de 10 de julio de 2017 se aprobó la Tarifa de Seguridad propuesta por la contratista vinculada con la instalación y operación del Sistema Integral de Seguridad y Control Aeroportuario (SISCA), incluyendo una "Tarifa de Seguridad por Pasajero partido y en tránsito" y una "Tarifa de Seguridad a la Carga", las que entrarán en vigencia una vez que dicho sistema esté operativo, lo que implicará, en los hechos, un significativo incremento en los precios por el servicio de embarque y con ello un importante impacto para los usuarios del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso", lo que se agravaría en la eventualidad de aplicarse de forma integral a su respecto el nuevo Índice Global propuesto, afectándose en ese caso el interés general.

   III) que la Contratista ha expresado su voluntad en cuanto a aceptar el criterio de aplicación progresiva o escalonada del nuevo Índice Global que se aprueba por el presente acto, por lo que ha consentido en establecer valor diferencial respecto del Precio por Servicio de Embarque Internacional en dos etapas, la primera con vigencia 15 de diciembre de 2017 y la segunda a partir del 1ro. de julio de 2018.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Unidad de Control de Gestión Integral de Aeropuertos y Concesiones Aeroportuarias y por el Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fijar el nuevo valor del Índice Global (IG) previsto en el punto 4.13 del Régimen de Gestión Integral del Aeropuerto Internacional de Carrasco "Cesáreo L. Berisso" aprobado por el Decreto 376/002 de 28 de setiembre de 2002, el que quedará establecido en 1,03487.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ - DANILO ASTORI - VÍCTOR ROSSI
Ayuda