SUSPENSION DEL REGIMEN DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 30/07/2003
Publicación: 06/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 249
VISTO: el decreto Nº 558/994, de 21 de diciembre de 1994, por el cual se 
establece un régimen de devolución de tributos a las exportaciones, y los 
decretos modificativos posteriores;

CONSIDERANDO: I) la necesidad de introducir algunos cambios en la 
normativa vigente relacionada al sector lácteo, atendiendo las asimetrías 
derivadas del Fondo de Financiamiento de la Actividad Lechera;

II) que se pretende preservar la posibilidad de la corriente comercial de 
exportación de leche fluída;

III) que se está ante un hecho de carácter excepcional y especifico del 
sector lechero

ATENTO: a la expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 16.492, de 2 de 
junio de 1994.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Suspéndense las devoluciones de impuestos indirectos a las exportaciones 
de la leche fluida, contenida en los siguientes códigos de la 
Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M):

Del ANEXO I.-   0401.10.90.00
                0401.20.90.00
                0401.30.10.00

Del ANEXO lI.-  0401.10.90.00
                0401.20.90.00 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

 Lo dispuesto en el artículo precedente, no regirá para las solicitudes 
de embarque presentadas a la fecha de entrada en vigencia del presente 
decreto o con anterioridad.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.-

BATLLE - MARTIN AGUIRREZABALA - ALEJANDRO ATCHUGARRY - JUAN BORDABERRY


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