CASINOS. JUEGOS DE AZAR. FUNCIONARIOS. REMUNERACIONES




Promulgación: 27/04/1972
Publicación: 04/05/1972

Resumen:

Declárase que la compensación que a título de sueldo perciben los funcionarios de los Casinos del Estado amparados por el Decreto Nº 
611/970 debe integrar el denominado "sueldo generado" de acuerdo al
Decreto Nº 905/971.

Artículo 1



		
		Ayuda