Visto: la gestión del Comando General del Ejército solicitando la
ampliación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela
de Armas y Servicios aprobado por decreto 309/980 de fecha 1º de marzo de
1983.
Considerando: que se hace necesario ampliar el decreto 60/983 de fecha
1º de marzo de 1983 a fin de contemplar el orden de precedencia en que
deben quedar aquellos alumnos a los cuales se les aplique el parágrafo
12.2.3.1. del mencionado decreto.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase el decreto 60/983 de fecha 1º de marzo de 1983 agregándose el
parágrafo siguiente: (*)
(*)Notas:
Ver:Texto (Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de
Armas y Servicios).