PROCEDIMIENTO PARA EL TRANSPORTE Y USO DE SENSORES AEROTRANSPORTABLES EN EL ESPACIO AEREO EN EL TERRITORIO NACIONAL Y AGUAS JURISDICCIONALES - POLICIA AEREA NACIONAL
Derogada/o por: Decreto Nº 260/018 de 27/08/2018 artículo 19.
Visto: las normas sobre Procedimiento para el transporte y uso de
aparatos fotográficos y filmadores sobre territorio nacional y sus aguas
jurisdiccionales, así como las que controlan la revelación y la obtención
de copias del mismo, aprobada por Decreto 21.409/952 de 4 de julio de
1952, con las modificaciones dispuestas por el Decreto 23.077/953 de 20 de
noviembre de 1953 y el Decreto 23.851/955 de 20 de mayo de 1955.
Considerando: que el Comando General de la Fuerza Aérea estima
necesario adecuar el Procedimiento referido en el VISTO a la normativa
vigente, a la actual estructura orgánica de la Fuerza Aérea y a los medios
técnicos actuales de registración para un más eficaz ejercicio del
cometido de Policía Aérea Nacional.
Atento: a lo establecido por el artículo 35 del Decreto-Ley 14.157 de
21 de febrero de 1974, literal D) del artículo 5 y artículo 21 del
Decreto-Ley 14.747 de 28 de diciembre de 1977, artículos 9, 17, 24 y 209
del Código Aeronáutico, aprobado por el Decreto-Ley 14.305 de 29 de
noviembre de 1974 y a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio
de Defensa Nacional.
El Presidente de la República
DECRETA: