Las trasposiciones entre rubros de un mismo programa, así
como las trasposiciones entre rubros de distintos programas, serán
aprobadas por el Directorio y comunicadas a la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.- Las trasposiciones de rubros
entre distintos programas de Funcionamiento regirán hasta el 31 de
diciembre del ejercicio en el cual se autorizan, y tendrán las siguientes
limitaciones:
a) - Podrán servir como reforzantes partidas que tengan carácter anual
y no sean estimativas.
b) - El Rubro O "Retribuciones de Servicios Personales" no podrá ser
reforzado ni servirá como reforzante.
c) - Los renglones del Rubro 0 podrán reforzarse entre sí ajustándose
a las condiciones siguientes:
1. que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no
comprometido.
2. los renglones de los subrubros 01, 02 y 03 no podrán reforzarse
entre sí, ni ser reforzantes.
d) - Los Rubros 7 "Subsidios y otras transferencias" y 8 "Servicios de
deuda y anticipos" no podrán servir como reforzantes.
e) - El Rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado.