EXONERACION TRIBUTARIA A LAS IMPORTACIONES. PLAGUICIDAS DE USO AGRICOLA Y GANADERO




Promulgación: 17/04/1975
Publicación: 05/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 817

Artículo 3

El Ministerio de Agricultura y Pesca verificará a través de sus organismos
competentes, el destino de los referidos productos, así como los precios
de los mismos, los cuales deberán abaratarse en forma proporcional a la
exoneración concedida.
Ayuda