POLITICA DE EMPLEO. EMPLEO JUVENIL




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1042
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.873 Derogada/o de 03/10/1997.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES FINALES

Artículo 45

El joven contratado a través de cualquiera de las modalidades previstas
por la ley que se reglamenta tendrá derecho a presentar una denuncia ante
la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, en caso de que
la empresa o el instituto de formación técnico-profesional no cumplan con
las obligaciones establecidas en el contrato.
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