DISTRIBUCION DE INCENTIVOS POR PRODUCTIVIDAD QUE RECIBEN LOS FUNCIONARIOS
DE LOS CASINOS DEL ESTADO, LA BARRA DE MALDONADO Y NUEVO NOGARO.
DEROGACION DE LOS DECRETOS 38/010 Y 147/006
A partir del 1° de octubre de 2011 se dispone que la distribución de la
propina prevista en el artículo 2° de la Ley N° 16.568 de 28 de agosto de
1994 correspondiente a los funcionarios que sean asignados a los
precitados Casinos del Estado, se realice en común, entre los respectivos
destinatarios de dicho beneficio, que se desempeñen en los mismos y sin
perjuicio de tratarse de dos unidades comerciales distintas, separadas e
independientes.-