GASTO PUBLICO. CONTRATACION DE PERSONAL




Promulgación: 30/06/2008
Publicación: 07/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1549

Artículo 6

 Exclúyense de la inscripción en el Registro de Contratos Personales del
Estado creado por el artículo 9º del Decreto Nº 158/002, los contratos
celebrados con empresas públicas o privadas, para atender los servicios de
diversa índole, tales como mantenimiento, limpieza, lavadero,
alimentación, gestión de residuos sólidos hospitalarios, estudios y/o
tratamientos clínicos y paraclínicos, mantenimiento informático, servicios
de telefonía, vigilancia, custodia, mensajería. La precedente enumeración
no reviste carácter taxativo.
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