MEGA CONCESION. BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LAS CONCESIONES DE OBRA PUBLICA




Promulgación: 30/01/2002
Publicación: 06/02/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 139
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Para la definición de los montos, plazos, límites y otros recaudos 
formales relativos a los beneficios incluidos en el artículo anterior, la 
Sociedad Anónima concesionaria deberá presentarse ante el Ministerio de 
Economía y Finanzas.-
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