Facúltase a los prestadores integrales a cobrar una tasa moderadora no superior a $ 550 (quinientos cincuenta pesos uruguayos) impuestos incluidos, por concepto de "Vacunación a Domicilio" o "Traslado a Vacunatorio" a sus afiliados, que cuenten con constancia de su situación expedida por médico tratante y soliciten dicho servicio.