APROBACION DE LA REESTRUCTURA PRESUPUESTAL Y RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 13/08/1984
Publicación: 30/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 355
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   La presente Reestructura tendrá vigencia desde el día 9 de enero 1984,
debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella obligue, dentro de los
sesenta días a contar desde su publicación en el "Diario Oficial".

Tales regularizaciones regirán desde la fecha de vigencia de la
Reestructura.
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