Decreto N° 323/985
CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 15 PRESTACION DEL SERVICIO AUTOMOTRIZ
Promulgación: 10/07/1985
Publicación: 24/07/1985
- Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 5
El jornal diario será el establecido en la tabla respectiva dividido entre 25.
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