Eliminación de Vacantes. Para la eliminación de las vacantes generadas se atenderá a lo dispuesto en los convenios salariales vigentes y a las instrucciones que imparta la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Se elevará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al 31 de enero de 2016, la eliminación de las vacantes generadas entre el 1° de Junio de 2015 y el 31 de diciembre de 2015. Con excepción de los ingresos de personal discapacitado (art. 49 Ley 18.651) y personal afrodescendiente (art. 4 Ley 19.122).