REGLAMENTACION DE LA LEY 19.017, SOBRE EL ACUERDO DE MEDIDAS DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO DESTINADAS A PREVENIR, DESALENTAR Y ELIMINAR LA PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA
Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos como autoridad de control en materia pesquera podrá dictar los actos que correspondan, así como tomar las medidas necesarias a efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del citado Acuerdo.