INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. JULIO 2018




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 22/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   El incremento autorizado para el valor de las cuotas básicas de afiliaciones individuales no vitalicias, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos, no podrá ser superior al que resulte de incrementar en 4,80% (cuatro con ochenta por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 14/018 de 17 de enero de 2018.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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