DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDAD DE DESARROLLO E IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE DOCUMENTACION DE OPERACIONES, POR MEDIO DE COMPROBANTES FISCALES ELECTRONICOS (CFE)




Promulgación: 14/09/2011
Publicación: 22/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 691
Referencias a toda la norma

Artículo 8-BIS

   (Pérdida de los beneficios).- En caso de incumplimiento de algunas de 
las condiciones establecidas en el presente régimen, deberán reliquidarse 
los tributos exonerados indebidamente, más las multas y recargos 
correspondientes. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 274/015 de 13/10/2015 artículo 4.
Ver en esta norma, artículo: 9 (Vigencia).
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