Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo,
de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas
Uruguayas de Navegación Aérea, correspondiente al ejercicio 1991.
Resultando: I) Que por Decreto Nº 394/91, de 30 de julio de 1991, se
aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones correspondiente al ejercicio 1991, a precios del período enero
- mayo 1990.
II) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos Nº 4
y 8º del Decreto Nº 394/991, ajustar las partidas de gastos tanto de
funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en
el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios enero -
diciembre de 1991, según su vigencia.
III) Que el Directorio resolvió en virtud de lo dispuesto por los arts.
14 a 16 y 19 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986, y el Dto. Nº
116/87 de 9 de marzo de 1987, y a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Servicio Civil, incorporar a
sus cuadros a un funcionario redistribuido a partir del 1 de noviembre de
1991 en función de Oficial 1º (Presupuestado).
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el
Directorio de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, así como
las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los
lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice
el financiamiento de las mismas;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe;
Atento: A lo expuesto precedentemente:
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras
Líneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondientes al ejercicio 1991,
de acuerdo con el siguiente detalle:
N$ N$
I INGRESOS 113.707.866.842
1.1 Venta de Servicios 91.117.406.980
1.1.1 Pasajes 81.991.080.228
1.1.2 Cargas 4.592.100.775
1.1.3 Correo 420.555.018
1.1.4 Exceso de Equipaje 819.006.087
1.1.5 Asistencia en Tierra 3.294.664.872
1.2 Arrendamiento de Equipo 2.326.327.857
1.3 Venta de Mercadería de Entreport. 2.264.849.235
1.4 Otros Ingresos Ajenos al Transporte
(Sala VIP) 325.296.000
1.5 Ingresos Varios 1.171.980.495
1.6 Aporte Gobierno Central (Rentas
Gles. Ing. Cap.) 16.502.006.275
1) De no otorgarse el apoyo, la Empresa procedería a la venta del avión
Boeing 707 a efectos de financiar el presupuesto.
II PRESUPUESTO OPERATIVO N$ 110.958.385.626
RUBRO DENOMINACION N$ N$
0 RETRIBUCION SERV. PERSONALES 8.706.129.517
010 Personal Presupuestado 2.430.312.360
- Directorio 78.316.450
- Subsidios ex-Directores 88.527.263
021 Personal Contratado 1.869.730.924
032 Prima por Antigüedad 566.895.944
041 Jornaleros 44.988.926
071 Mayor Horario 1.462.285.301
072 Horas Extra 914.582.187
075 Compensación al Cargo 295.101.180
076 Horario Nocturno 98.371.514
078 Aguinaldo 694.089.964
079 Compensación Inter-
continental 148.691.421
081 Gastos de Represen-
tación 16.098.386
082 Quebranto de Caja 37.109.397
-Aumento N$ 6.001.612.800
-Comisión Entreport 65.415.000
-Prestación Alimentación 734.198.032
1 CARGAS LEGALES SOBRE SERVICIOS PERSONALES 3.941.371.809
111 Ap. Patronal al Sist.
Seg. Social 3.654.317.762
122 Por seguro accidente
de trabajo 150.361.515
123 Fondo Nacional de Vi-
vienda 136.692.532
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 23.548.236.510
3 SERVICIOS NO PERSONALES 52.611.652.680
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB. NUEVOS 2.453.458.000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 1.790.907.110
751 Prima por matrimonio 8.839.180
752 Hogar constituido 357.527.858
753 Prima por Nacimiento 11.048.974
754 Prestación por hijos 97.115.200
759 Prestación por aliment. 733.769.280
773.1 Becas 37.834.155
773.2 Aguinaldo Becas 3.152.846
774 Asistencia Médica 508.911.276
779 Fondo pre-jubilatorio 32.708.341
III OPERACIONES FINANCIERAS N$ 17.906.630.000
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 17.906.630.000
8.1 Amortización Deuda
Interna 1.471.750.000
8.2 Amortización Deuda
Externa 9.931.166.000
8.3 Intereses Deuda
Interna 158.340.000
8.4 Intereses Deuda
Externa 6.345.374.000
IV PRESUPUESTO DE INVERSIONES N$ 4.337.064.550
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB.
NUEVOS 3.850.067.550
6 CONST. MEJORAS Y REP.
EXTRAORD. 486.997.000
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
de este decreto.
Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
Sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" están
expresados a precios promedio de todo el año 1991 e incluyen a partir del
1º de noviembre de 1991 las partidas correspondientes a la incorporación
de un Oficial I (Presupuestado) en virtud del procedimiento de la
redistribución.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de N$ 2.030 (Nuevos Pesos dos mil treinta)
por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a
los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio de
todo el año 1991.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 325/992 de
14/07/1992.