Derogada/o por: Decreto Nº 122/999 de 28/04/1999 artículo 1.
Visto: la conveniencia de establecer una unidad de cuenta que
contemple la evolución de los costos de construcción de viviendas
categoría media y superior promovidas por el Sector Privado.
Considerando: que los mecanismos de reajuste previstos por la Ley Nº
13.728 de 17 de diciembre de 1968 no contemplan la evolución de los costos
de construcción de este sector o tipo de producción.
Atento: a lo expuesto y a lo etablecido por el artículo 69 de la Ley
Nº 11.923 de 27 de marzo de 1953 y artículo 1 del Decreto-Ley Nº 15.188 de
8 de octubre de 1981.