Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo previsto en el
artículo 19º del Decreto 284/998 del 14 de octubre de 1998, autorizándose
a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios y becarios,
una suma mensual por gastos de alimentación. Fíjase en $ 856 (pesos
uruguayos ochocientos cincuenta y seis) el monto de la misma, a partir del
1º de enero de 1998.-
Dicho monto se ajustará semestralmente, en función del I.P.C.,
correspondiente al período inmediato anterior.-