Extiéndese al presente Presupuesto la vigencia de lo dispuesto en el
artículo 21º del Decreto 284/998 del 14 de octubre de 1998, autorizándose
a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios y becarios,
una prima por asistencia social de $ 265,oo (pesos uruguayos doscientos
sesenta y cinco) mensuales, la que se ajustará semestralmente en función
del I.P.C. correspondiente al período inmediato anterior.-