COMERCIO EXTERIOR. INDUSTRIA AUTOMOTRIZ. IMPORTACIONES. VEHICULOS AUTOMOTORES




Promulgación: 07/07/1966
Publicación: 22/07/1966

Resumen:

Establécense normas para la importación de conjuntos, subconjuntos,
partes y piezas para armado y complementación de vehículos automotores en
el país.

Artículo 19

Derogado/s por:
      Decreto Nº 620/970 de 01/12/1970 artículo 20,
      Decreto Nº 128/970 Derogada/o de 13/03/1970 artículo 60.
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