PUERTOS - SIMBOLOS EXTRANJEROS




Promulgación: 19/07/1990
Publicación: 01/08/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 59

Artículo 3

  Cométese a la Prefectura Nacional Naval y a la Dirección General de
Marina Mercante del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, realizar
el seguimiento de las condiciones aludidas en el artículo precedente,
informando al Poder Ejecutivo.
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