ADECUACION DE LOS REGISTROS DE PRODUCTOS GARRAPATICIDAS QUE CONTENGAN LACTONAS MACROCICLICAS




Promulgación: 04/10/2013
Publicación: 14/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1327

Artículo 2

 Las empresas titulares de registros vigentes de los productos
veterinarios especificados en el artículo anterior, tendrán un plazo de 2
(dos) años contados a partir de la entrada en vigencia del presente
decreto, para adecuarse a las disposiciones precedentes.
Aquellos productos veterinarios garrapaticidas que no cumplan con las
condiciones establecidas en el presente decreto, dentro del plazo
establecido, serán dados de baja del Registro de Productos Veterinarios de
la División Laboratorios Veterinarios "Miguel C. Rubino" (DILAVE).
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