APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 2019




Promulgación: 15/10/2018
Publicación: 26/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 17

   TOPE DE INVERSIONES - La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será la correspondiente en términos presupuestales a la que se apruebe en el Programa Financiero correspondiente al ejercicio 2019.
   El nivel de inversiones podrá incrementarse en USD 20.000.000 por año en los ejercicios 2019 a 2021 y USD 23.000.000 para el ejercicio 2022 sujeto a la percepción de Ingresos extraordinarios por concepto de venta de activos, cobro de multas por atraso en obras, convenios de pago de Grande Clientes y otros acuerdos cuyo detalle se especifica en los Ingresos anuales como Ingresos Extraordinarios.
   La Empresa podrá ejecutar dichos montos adicionales para cada año sujeto a la previa  verificación de la efectiva  percepción de dichos ingresos por parte de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Economía y Finanzas. Dichos montos adicionales  serán comunicados por la Empresa al Tribunal de Cuentas de la República.
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