DETERMINACION DE RESTRICCION TEMPORAL DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN GIMNASIOS Y LUGARES CERRADOS Y CIERRE DE LOS BARES, PUBS, RESTAURANTES Y AFINES ENTRE LAS 00:00 Y 07:00 HORAS
Las medidas dispuestas en los artículos 1° y 2° del presente Decreto regirán hasta el día 18 de diciembre de 2020, sin perjuicio que el Poder Ejecutivo podrá extender las mismas por un plazo mayor si la situación sanitaria del país lo requiere.