Visto: las gestiones de negociación que se vienen realizando con
distintos Organismos Internacionales, tendientes a obtener líneas de
financiación para programas de vivienda de familias carenciadas.
Resultando: I) Que es objetivo prioritario del Poder Ejecutivo, atender
la problemática de la vivienda de interés social, con destino a las
familias de menores recursos económicos;
II) Que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente ha recibido distintas misiones de identificación del Banco
Interamericano de Desarrollo, del Banco Mundial y de otros Organismos
Internacionales que hacen factible el otorgamiento de créditos a nuestro
país con destino al sector vivienda.
Considerando: I) Que es necesario desarrollar una negociación efectiva
con dichos organismos y poder elaborar, a la mayor brevedad, las
propuestas concretar, así como proyectos y programas a presentar por parte
del Gobierno,
II) Que a tal fin se estima conveniente crear una Comisión dependiente
del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
integrada con dos delegados de dicha Secretaría de Estado, dos delegados
designados a propuesta de la Asesoría de programas de Inversión Social
(A.PR.I.S.) y un delegado nombrado a propuesta de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
Atento: a las competencias atribuidas al Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente por la ley 16.112, de 30 de mayo
de 1990,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Créase una Comisión dependiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, que será la contraparte nacional de las
distintas misiones técnicas de identificación, preevaluación y evaluación
enviadas por el Banco Interamericano de Desarrollo, el Banco Mundial y
otros Organismos Internacionales, que tengan por destino el financiamiento
de programas de vivienda de interés social.