Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
La Comisión Honoraria del Plan Citrícola a solicitud del exportador
certificará el valor FOB obtenido en las operaciones cuando el resultado
de los negocios no coincidiera con los valores declarados en las
respectivas solicitudes de embarque. Se establece un plazo de 180 días,
para la regularización de la operación frente al Banco de la República
Oriental del Uruguay, cuando corresponda.