APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2014




Promulgación: 04/10/2013
Publicación: 18/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1329
Referencias a toda la norma

Artículo 41

 BENEFICIOS SOCIALES Los beneficios sociales del personal estarán fijados
en los siguientes importes (valores 1/1/2013):
A)     ASIGNACIONES FAMILIARES
       Se aplica el régimen establecido en las Leyes N° 15.084 y N° 16.697
       de fechas 28/11/80 y 25/4/95 respectivamente.
B)     PRIMA POR HOGAR CONSTITUIDO
       Se aplica el régimen de la Administración Central.
C)     PRIMA POR MATRIMONIO
       $ 3.038,oo
D)     PRIMA POR NACIMIENTO
       $ 3.038,oo
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