El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 2
La Comisión estará integrada por catorce miembros, designados por el Poder Ejecutivo entre los propuestos por los siguientes organismos:
a) Dos representantes de la Intendencia Departamental de Río Negro, uno
de los cuales será el señor Intendente y/o la persona que designe en
su representación;
b) Un representante de la Junta Departamental de Río Negro;
c) Un representante de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación,
Ministerio de Educación y Cultura;
d) Un representante del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
e) Un representante del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
f) Un representante del Ministerio de Turismo;
g) Un representante del Ministerio de Defensa Nacional;
h) Un representante de la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial
del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial;
i) Un representante de la Armada Nacional;
j) Un representante por la Comisión de Vecinos del Barrio Anglo;
k) Un representante por las instituciones del Barrio Anglo nucleadas en
el Espacio de Coordinación Cultural;
l) Un representante de las empresas del rubro investigación-innovación
instaladas en el Sitio Patrimonial;
m) Un representante por las instituciones educativas de nivel terciario
instaladas en el Sitio Patrimonial.