APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL ANV. EJERCICIO 2026




Promulgación: 29/12/2025
Publicación: 26/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 51

   DISPOSICIONES TRANSITORIAS
   Para el ejercicio 2026 se autoriza una partida de $ 16.873.924 (pesos uruguayos dieciséis millones ochocientos setenta y tres mil novecientos veinticuatro) con cargo al objeto del gasto 282.016 (Profesionales Ley N° 20.061) a efectos de imputar las erogaciones resultantes de la operativa de las gestiones de los créditos afectados por la modificación del artículo 467 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 y artículo 1° de la Ley N° 20.061, de 22 de julio de 2022.

   Previo a la efectiva ejecución de los gastos referidos en el inciso anterior, la Agencia Nacional de Vivienda comunicará el régimen de contratación seleccionado, el cual deberá contar con informe previo favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. De todo lo expuesto se comunicará al Tribunal de Cuentas. 

   La partida que se autoriza en el presente artículo tendrá carácter no limitativo y no podrá actuar como reforzante de otros objetos de gasto. Toda ampliación del importe autorizado deberá acompañarse de un informe fundamentado.

   De todo lo actuado se dará cuenta en forma trimestral a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 56 (vigencia).
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