TRANSPORTE AEREO - SANCIONES ADMINISTRATIVAS




Promulgación: 23/01/1992
Publicación: 06/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Dése cuenta a la Asamblea General. Comuníquese, públíquese y pase al
Comando General de la Fuerza Aérea para que disponga su difusión e
inserción en la información aeronáutica (A.I.P. Uruguay) y demás efectos. 
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