ACTUALIZACION DE PORCENTAJE DE COMISION SOBRE LAS IMPORTACIONES




Promulgación: 30/01/2002
Publicación: 06/02/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 140
Referencias a toda la norma
VISTO: el Decreto Nº 281/001, de 24 de julio de 2001.-

RESULTANDO: que dicho Decreto fijó la alícuota o porcentaje que recauda 
el Banco de la República Oriental del Uruguay por concepto de comisión 
sobre importaciones.-

CONSIDERANDO: necesario dejar sin efecto el programa de reducción de 
dicha comisión dispuesto en el Decreto a que se alude en el Visto, 
teniendo en cuenta la actual situación regional.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nº 
16.492, de 2 de junio de 1994.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Fíjase en 3% (tres por ciento) la alícuota o porcentaje de la comisión 
sobre importaciones que recauda el Banco de la República Oriental del 
Uruguay.-

Artículo 2

 Derógase el Decreto Nº 281/001, de 24 de julio de 2001.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc..-

BATLLE - ALBERTO BENSION - DIDIER OPERTTI - SERGIO ABREU - GONZALO GONZALEZ


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